Nuevas atribuciones de la Unidad de Inteligencia Financiera
Este 6 de marzo se publicó en el DOF el “Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” y dentro del capítulo de organización se dan a conocer las unidades administrativas que la integran, siendo la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) una de ellas.
Algunos de los cambios importantes son las nuevas atribuciones de la UIF, que anteriormente se mencionaban en el artículo 15 y en el reciente reglamento se enuncian en su numeral 10.
Nuevas atribuciones de la UIF
- Comunicar a las autoridades encargadas del combate a la corrupción o de procuración de justicia, la información necesaria para identificar actos u operaciones, así como personas presuntamente involucradas en delitos, en términos del artículo 47 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
- Sustanciar y resolver los procedimientos administrativos relacionados con la integración de la lista.
- Emitir y mantener actualizada la Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo.
- Someter la designación del personal de las agregadurías en el extranjero de esta Unidad a ratificación de su superior jerárquico.
- Representar a las unidades administrativas que tenga adscritas en toda clase de juicios o procedimientos ante los tribunales federales y otras autoridades competentes en que sea parte.
- Interponer los recursos que procedan contra las sentencias y resoluciones definitivas dictadas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
- Intervenir, en representación de las unidades administrativas adscritas, en los juicios de amparo promovidos contra sentencias dictadas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y formular los alegatos e interponer los recursos correspondientes.
- Representar a la Unidad para allanarse cuando así proceda, a las demandas formuladas en los juicios materia de su competencia.
- Designar y dirigir, por sí o a través de sus direcciones generales, a las personas servidoras públicas que serán autorizadas o acreditadas como delegadas por las autoridades correspondientes de esta Unidad en los juicios o procedimientos de su competencia.
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