SAT no está obligado a verificar cuentas CLABE en devoluciones: SCJN
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no está obligado a comprobar que el contribuyente que solicita una devolución de saldo a favor, sea el titular de la cuenta bancaria que proporcionó para el depósito respectivo .
Esto significa que, el contribuyente al presentar su declaración anual y solicitar una devolución de manera automática de saldo a favor por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el SAT dará por válida la cuenta CLABE (Clave Bancaria Estandarizada) que proporcione, sin realizar una verificación adicional.
¿En qué se basa la decisión?
- Firmas electrónicas: La Segunda Sala de la SCJN considera que el uso de firmas electrónicas avanzadas tiene el mismo valor legal que una autógrafa.
- Reconocimiento de la cuenta: Al proporcionar la CLABE, el contribuyente está reconociendo que la cuenta le pertenece y autorizando al SAT a realizar el depósito.
- Ausencia de obligación legal: La ley fiscal no establece un requisito explícito para que el SAT verifique la titularidad de la cuenta en este tipo de trámites.
¿Cuáles son los beneficios y responsabilidades?
- Agilización de trámites: Al eliminar este paso de verificación, el proceso de devolución de impuestos se vuelve más ágil y eficiente.
- Responsabilidad del contribuyente: Es importante que el pagador de impuestos se asegure de proporcionar la información correcta para evitar cualquier inconveniente.
Con dicha decisión de la SCJN, se brinda mayor certeza a los contribuyentes al simplificar el proceso de devolución de impuestos de saldo a favor. Sin embargo, es fundamental que estos sean cuidadosos al proporcionar sus datos bancarios para evitar posibles errores.
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Fátima Osorio
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