SCJN: Padres tienen derecho a pensión por muerte de hijo trabajador
Los padres adultos mayores o con discapacidad tienen derecho a la pensión por muerte de un trabajador cuando dependan económicamente de este, así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Esta decisión, de gran relevancia en el ámbito de la seguridad social en México, establece que estos ascendientes tienen derecho a recibir una pensión por muerte en concurrencia con otros beneficiarios, como el cónyuge o los hijos.
Anteriormente, el régimen de pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) excluía a los padres del derecho a esta cuando existían otros beneficiarios. La SCJN declaró esto como inconstitucional y discriminatorio.
¿Por qué es importante esta resolución?
La Sala consideró que la dependencia económica es el factor clave que debe otorgar el derecho a la pensión, independientemente de la existencia de otros familiares con derecho. Esta perspectiva es fundamental por varias razones:
- Reconocimiento de la dependencia económica: La resolución subraya que, en muchos casos, los padres, especialmente si son adultos mayores o personas con discapacidad, dependen directamente del sustento de sus hijos. Ignorar esta realidad era una omisión injusta.
- Combate a la discriminación: La Corte determinó que excluir a los padres por la simple existencia de otros beneficiarios constituye un acto discriminatorio, ya que no toma en cuenta su vulnerabilidad y necesidad económica.
- Visión de la familia moderna: La decisión también destaca la evolución de la estructura familiar en la sociedad actual. Ya no hay un único “modelo tradicional”, y el derecho a la pensión debe ser lo suficientemente flexible para reconocer y proteger la diversidad de vínculos y dependencias económicas que existen.
Este fallo representa un avance en la protección de los derechos de los ascendientes y un reconocimiento de la diversidad familiar en el marco legal mexicano. Los padres adultos mayores o con discapacidad ahora tienen una vía clara para reclamar su derecho a la pensión por muerte, siempre que demuestren su dependencia económica del trabajador fallecido.
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Fátima Osorio
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