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SCJN: Aseguradora que altera documentos para evadir pago actúa de mala fe y pagará costas

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido un precedente fundamental que impacta directamente la relación entre aseguradoras y asegurados. En un fallo reciente, determinó que si una compañía de seguros presenta documentos alterados en un juicio con la intención de evadir sus obligaciones, esta acción se considera mala fe y puede llevar a la condena de la aseguradora al pago de costas procesales.

Esta decisión surge de un caso en el que una mujer demandó el cumplimiento de un seguro de vida tras el fallecimiento de su esposo, y la aseguradora intentó anular el contrato alegando que habían ocultado el padecimiento de VIH del asegurado.

Inicialmente, el juez mercantil condenó a la aseguradora a pagar el crédito, pero la absolvió del pago de costas, una decisión que la viuda impugnó argumentando que la ley permite dicha condena en casos de temeridad o mala fe. Aunque su amparo fue negado en una instancia inferior, la mujer interpuso un recurso de revisión que llegó a la Suprema Corte. La Primera Sala, reconociendo la desventaja en la relación jurídica entre aseguradoras y consumidores, subrayó la necesidad de que los órganos jurisdiccionales examinen la conducta procesal de las aseguradoras para determinar si existe una intención deliberada de perjudicar al asegurado al negarse a indemnizarlo.

Para ello, los jueces deberán evaluar si las razones de la aseguradora se sustentan en las cláusulas contractuales y la legislación aplicable, o si son el resultado de apreciaciones arbitrarias o de la manipulación de información. Es crucial destacar que no se trata de condenar a la aseguradora en todos los casos donde se alegue mala fe, sino de analizar el comportamiento procesal de ambas partes para asegurar un equilibrio. En el caso concreto, la SCJN consideró probada la mala fe de la aseguradora, ya que presentó como prueba un documento que no había sido llenado por los asegurados, sino confeccionado por la propia compañía con el fin de justificar la omisión de información sobre la salud del asegurado.

Este precedente representa un paso significativo hacia una mayor protección de los asegurados, al enviar un mensaje claro a las compañías de seguros: la manipulación de pruebas para evadir responsabilidades no será tolerada. La Suprema Corte ha revocado la resolución impugnada, devolviendo el asunto al Tribunal Colegiado para que se reevalúe la condena de costas a la aseguradora. Esta decisión refuerza la importancia de la transparencia y la buena fe en los procesos judiciales, brindando a los consumidores una herramienta más para defender sus derechos frente a prácticas desleales.

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Fátima Osorio
Legal Editor en Thomson Reuters México |  + posts