Estímulos fiscales para pagos electrónicos durante “El Buen Fin” 2026
La Presidencia de la República emitió el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos, con el objeto de fomentar el uso de tarjetas de crédito y débito durante “El Buen Fin” 2026, que se llevará a cabo del 13 al 17 de noviembre.
El decreto busca formalizar la economía, reducir el uso de efectivo, ampliar la inclusión financiera y fomentar el consumo en comercios establecidos.
El estímulo fiscal está dirigido a entidades financieras, emisores de tarjetas y participantes en redes de medios de disposición —incluidos los proveedores de terminales punto de venta— que entreguen, por cuenta del gobierno federal, los premios del sorteo organizado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Estas entidades podrán acreditar el importe efectivamente pagado por concepto de premios contra el ISR propio o retenido a terceros, en pagos provisionales, definitivos o anuales, a partir del mes siguiente en que se realice su entrega y hasta agotarse.
Podrán participar como beneficiarios del sorteo las siguientes personas:
- Personas físicas tarjetahabientes que paguen con tarjeta de crédito o débito en comercios registrados en el portal de “El Buen Fin” 2026.
- Personas físicas o morales vendedoras o prestadoras de servicios registradas en el programa, que acepten pagos con tarjeta y cuyos ingresos acumulables del ejercicio anterior no excedan de 5 millones de pesos.
El monto global de premios cubiertos mediante este mecanismo no podrá exceder de 500 millones de pesos. Asimismo, las cantidades entregadas y el estímulo fiscal correspondiente no se considerarán ingresos acumulables para efectos del ISR, y los ganadores no estarán sujetos a retención federal por la obtención de los premios.
La Federación absorberá, mediante los mecanismos de coordinación fiscal aplicables, los impuestos estatales y, en su caso, municipales que graven la obtención de dichos premios.
Para acceder al estímulo, las entidades participantes deberán cumplir con las reglas, bases y condiciones que emita el SAT, proporcionar la información necesaria para realizar el sorteo y acreditar la entrega de los premios.
Los premios no reclamados deberán enterarse a la Secretaría de Gobernación (Segob) como aprovechamientos, conforme al procedimiento que establezca el SAT.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2027.
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