Dan a conocer estímulos fiscales del “Plan México” y Polos del Bienestar
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer este martes en el DOF, la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2025 y sus anexos 1-A, 3, 11, 14 y 15, la cual entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.
“Plan México”
El capítulo 11.15. Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada “Plan México”, para fomentar nuevas inversiones, que incentiven programas de capacitación dual e impulsen la innovación, publicado en el DOF el 21 de enero de 2025, establece los siguientes puntos:
- Registro específico de los estímulos. Se integrará con las pólizas del registro contable, papeles de trabajo y la documentación comprobatoria que permita identificar la adquisición y gastos para la deducción inmediata de bienes nuevos, de capacitación e innovación.
- Pago de impuesto por incumplimiento. Establece el procedimiento para cubrir el impuesto correspondiente si no se cumplen los requisitos del decreto y de sus lineamientos.
- Deducción para contribuyentes que inicien operaciones. Se establece la forma para determinar el monto de los estímulos fiscales para quien inicie operaciones en los ejercicios fiscales de 2025 a 2030.
- Comprobación de bienes nuevos. Se indican los requisitos y documentación para demostrar que los bienes de activo fijo adquiridos son nuevos.
Cálculo de pagos provisionales del ISR en los PODEBI
Las personas morales que no se encuentren en su ejercicio de iniciación de operaciones y que tributen conforme al Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), determinarán los pagos provisionales que correspondan únicamente a los ingresos provenientes de actividades económicas productivas realizadas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec (PODEBI), a partir del mes en que hayan obtenido la constancia, así como por los meses subsecuentes del mismo ejercicio, aplicando un coeficiente de utilidad de 0 (cero).
Para el primer pago provisional del ejercicio fiscal siguiente, comprenderá los tres primeros meses y aplicará el coeficiente de utilidad del ejercicio, considerando desde el mes de obtención de la constancia hasta el último mes de dicho ejercicio.
Cálculo de pagos provisionales del ISR en la zona libre de Chetumal
Las personas morales locatarios del tianguis del Bienestar que no se encuentren en su ejercicio de iniciación de operaciones y que tributen conforme al Título II de la LISR, determinarán los pagos provisionales por los ingresos obtenidos de las enajenaciones realizadas únicamente al interior del tianguis, correspondientes al primer ejercicio en el que apliquen el estímulo fiscal, aplicando un coeficiente de utilidad de 0 (cero).
En el ejercicio fiscal siguiente, los pagos provisionales incluirán los primeros tres meses y usarán el coeficiente en que aplicaron el estímulo por primera vez, considerando para su cálculo el periodo comprendido desde el inicio y hasta el último mes..
Cálculo de pagos provisionales del ISR en los POINBI
Las personas morales que no se encuentren en su ejercicio de iniciación de operaciones y que tributen conforme al Título II de la Ley del ISR, determinarán los pagos provisionales que correspondan únicamente a los ingresos provenientes de actividades económicas productivas realizadas al interior de los Polos Industriales del Bienestar Progreso I y Mérida I del estado de Yucatán (POINBI), a partir del mes en que hayan obtenido la constancia, así como por los meses subsecuentes del mismo ejercicio, aplicando un coeficiente de utilidad de 0 (cero).
El primer pago provisional del ejercicio fiscal siguiente a aquel en que se obtuvo la constancia, comprenderá los primeros tres meses del ejercicio. Para tal efecto, se aplicará, en su caso, el coeficiente de utilidad correspondiente en que se obtuvo la constancia, considerando para su cálculo el periodo comprendido desde el mes en que se obtuvo la constancia hasta el último mes de dicho ejercicio.







































































