Segunda publicación de tasas efectivas de ISR de grandes contribuyentes
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer mediante un comunicado, la segunda publicación de tasas efectivas de impuesto sobre la renta (ISR) de grandes contribuyentes (ejercicios 2020 y 2021), con objeto de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario.
Esta segunda publicación contempla nueve sectores económicos: comercio al por mayor, comercio al por menor, servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación, construcción, electricidad, agua y suministro de gas por ductos al consumidor final, servicios financieros y de seguros, industrias manufactureras, minería y servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles.
La dependencia invita a los contribuyentes a consultar en la página de Internet http://omawww.sat.gob.mx/TasasEfectivasISR/Paginas/index.html, la tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con la propia respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal y minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Es importante considerar las siguientes definiciones:
Riesgo impositivo. Es la contingencia de incumplimiento de las disposiciones fiscales que le son aplicables a un contribuyente o un conjunto de contribuyentes y que repercute en el correcto pago de contribuciones, concretamente en materia del impuesto sobre la renta.
Tasa efectiva de impuesto. Es aquella que se calcula con la información manifestada en la última declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en cuestión, mediante la división del monto del impuesto sobre la renta causado en el ejercicio fiscal que corresponda, entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio.
ISR causado |
(entre) |
Ingresos acumulables |
(=) |
Tasa efectiva de impuesto |
Las actividades económicas son aquellas contenidas en el Anexo 6 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
