Facultades que se delegan a servidores públicos del SAT

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer este 4 de mayo en el DOF, el “Acuerdo por el que se delegan facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria (SAT)”, con el objeto de lograr mayor eficiencia en el desarrollo de las funciones de este órgano administrativo. Dentro de sus principales atribuciones se encuentran:

Administración General de Recaudación

  • Autorización para aplicar un coeficiente de utilidad menor para pagos provisionales.
  • Emitir la declaratoria de embargo de bienes.
  • Solicitudes de reducción de multas.
  • Tramitar y resolver las solicitudes de reducción de recargos.
  • Donación o destrucción de los bienes embargados.

Administración General de Auditoría Fiscal Federal

  • Verificar el cumplimiento de lo establecido en los decretos de estímulos fiscales región fronteriza (norte y sur).
  • Emitir resolución que comunique que no cumplen los requisitos para ser beneficiarios de los estímulos para la región fronteriza sur.
  • Enviar propuestas de pago, comunicar inconsistencias detectadas o comportamientos atípicos.
  • Dejar sin efectos los certificados de sello digital (CSD).
  • Determinar la simulación de actos jurídicos para efectos fiscales.
  • Practicar visitas domiciliarias y requerir informes, datos o documentos.
  • Practicar u ordenar que se practique avalúo o verificación física de toda clase de bienes.

Administración General de Auditoría de Comercio Exterior

  • Declarar el abandono de mercancías.
  • Determinar contribuciones, aprovechamientos, aplicar cuotas compensatorias y determinar accesorios.
  • Donar o destruir bienes provenientes de comercio exterior.
  • Solicitar la suspensión para operar en el sistema electrónico aduanero para el despacho de mercancías.
  • Practicar visitas domiciliarias a productores, fabricantes o importadores de cigarros u otros tabacos labrados.
  • Asegurar estuches, empaques, envolturas o cualquier otro objeto que contenga cigarros y declarar su destrucción.

Administración General de Grandes Contribuyentes

  • Ordenar y practicar actos de comprobación para la efectiva implementación y cumplimiento de los acuerdos amplios de intercambio de información que México tiene en vigor.
  • Verificar que las personas morales y figuras jurídicas que sean instituciones financieras cuenten con procedimientos para identificar cuentas reportables.

Los servidores públicos del SAT podrán continuar ejerciendo las facultades que les correspondan, conforme al Reglamento Interior de dicho órgano, sin perjuicio de las facultades que se delegan conforme al presente acuerdo.

Los recursos de inconformidad que se encuentren en trámite, serán atendidos y resueltos hasta su total conclusión por la autoridad que los tenga asignados.

Finalmente, el presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, es decir el 5 de mayo de 2023.

Valora este contenido

¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!

¿Cómo podemos mejorarlo?

Omar Hernández
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México | + posts