Se otorgan facilidades a contribuyentes para regularizar su situación fiscal
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes con adeudos pueden regularizar su situación fiscal a través de facilidades de pago, las cuales pueden ser hasta en 36 parcialidades y una reducción de hasta 100% de la multa.
Los contribuyentes que tengan adeudos determinados por la autoridad fiscal o adeudos autodeterminados (declaraciones) podrán solicitar el pago a plazos, la reducción de multas y tasa de recargos.
Para el caso del pago a plazos, los contribuyentes podrán elegir:
- Pago en parcialidades. El adeudo se puede liquidar hasta en 36 meses, con un pago inicial de al menos 20% y una tasa de interés fija, de acuerdo con el plazo elegidos:
-
- De 1 a 12 meses la tasa es de 1.26%
- De 13 a 24 meses la tasa es de 1.53%
- De 25 a 36 meses la tasa es de 1.82%
- Pago diferido. Con un pago inicial de al menos 20%, el contribuyente puede elegir cuándo quiere liquidar el resto del adeudo en una sola exhibición, en un plazo no mayor a 12 meses.
Es importante señalar que los contribuyentes podrán solicitar una reducción de hasta 100% de la multa, dependiendo de la antigüedad de esta, así como una reducción a la tasa de recargos.
Finalmente, el SAT invita a los contribuyentes a programar una cita en citas.sat.gob.mx, eligiendo la opción “Adeudos y Multas” y acudir a la oficina en la fecha y hora programada para conocer el monto de su adeudo y las facilidades de pago a las que son candidatos.
Valora este contenido
¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!
¿Cómo podemos mejorarlo?

Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández
- Omar Hernández






































































