¡Prepárate para la Declaración Anual 2025! SAT lanza simulador para personas morales
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que las personas morales deberán presentar su declaración anual 2025 entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026.
Con el fin de apoyar el cumplimiento oportuno de esta obligación, a partir del 1 de diciembre pone a disposición de las y los contribuyentes un simulador para el Régimen General y Simplificado de Confianza (Resico), mediante el cual podrán visualizar la información presentada durante el ejercicio fiscal de 2025.
La autoridad fiscal precisa que la presentación de la declaración anual se realizará en las siguientes fechas:
- Las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación tienen hasta el 19 de enero de 2026 para presentar su declaración del ejercicio.
- Las personas morales sin fines de lucro cuentan con plazo hasta el 16 de febrero de 2026.
- Los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y el Resico deberán presentarla a más tardar el 31 de marzo de 2026.
La nueva plataforma de la declaración anual 2025 incorpora una precarga de la siguiente información:
- Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada.
- Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y Resico).
- Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de devoluciones, descuentos y bonificaciones.
- Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, tales como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo, entre otros.
Para el envío de la declaración es indispensable contar con la e.firma y con un servicio de banca electrónica, ya que, en caso de obtener un saldo a cargo, el pago deberá realizarse mediante transferencia electrónica a través de las instituciones de crédito autorizadas para el cobro de contribuciones federales.
El SAT aclara que, si se requiere modificar los ingresos u otros datos precargados, las personas contribuyentes deberán presentar declaraciones complementarias.
Cuando exista saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después de efectuado el pago; si el saldo es en ceros, la actualización se reflejará en un plazo aproximado de 24 horas.
Con estas acciones, el SAT reafirma su compromiso de implementar herramientas digitales que faciliten a las y los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en tiempo y forma, contribuyendo así al fortalecimiento de la recaudación, la economía mexicana y el bienestar de la población.
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