Nuevas reglas para la operación del complemento Carta Porte

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer nuevas reglas para la operación del complemento Carta Porte mediante la tercera versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RM) para 2021. Dentro de los cambios podemos destacar lo siguiente:

a) Con la reforma a la regla 2.7.1.7. que establece que las representaciones impresas de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica (CFDI), a los que se les incorpore el complemento, deberán incluir los datos establecidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte” que publica el SAT en su portal.

b) Se reforma la regla 2.7.1.9. para indicar que los contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga que circulen por vía terrestre, férrea, marítima o aérea, los que presten el servicio de paquetería o mensajería, así como de traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos, entre otros que impliquen la transportación de bienes o mercancías, tendrán que expedir un CFDI de tipo ingreso y deberán incorporar el complemento Carta Porte. El comprobante amparará el transporte y legal tenencia de los bienes o mercancías.

c) Se adiciona la regla 2.7.1.51. que señala que los propietarios, poseedores o tenedores de bienes o mercancías, podrán acreditar el transporte de estas con el CFDI de tipo traslado expedido por ellos mismos, al que deberán incorporar el complemento Carta Porte y consignar como valor: cero; su clave en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como emisor y receptor de este comprobante; así como la clave de producto y servicio.

d) Por su parte, con la adición de la regla 2.7.1.52. se indica que cuando las mercancías no transiten por algún tramo de jurisdicción federal, el CFDI de ingreso o de traslado según corresponda, se emitirá sin el complemento Carta Porte, registrando las claves de producto que correspondan de acuerdo con lo que se indique en el instructivo de llenado.

e) Los contribuyentes que presten el servicio de paquetería o mensajería, podrán emitir un CFDI de tipo ingreso sin complemento Carta Porte, registrando los nodos “Concepto” que sean necesarios para relacionar los números de guía de todos los paquetes amparados en los comprobantes, así lo establece la regla 2.7.1.53. adicionada.

f) De acuerdo con lo que establece la regla 2.7.1.54. que se adiciona, las personas que presten el servicio de traslado de fondos y valores, sin que el traslado implique transitar por algún tramo de jurisdicción federal, podrán emitir un CFDI de tipo ingreso donde registren la clave del servicio correspondiente, de acuerdo con el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”. Para acreditar el traslado se emitirá un CFDI de traslado sin complemento Carta Porte, relacionándolo al comprobante de ingresos emitido.

g) Quienes presten el servicio de grúas de arrastre y grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos que transporten bienes, sin que el servicio implique el transitar por algún tramo de jurisdicción federal, podrán emitir un CFDI de tipo ingreso sin complemento Carta Porte. Para acreditar el traslado se emitirá un CFDI de traslado sin complemento y relacionándolo al comprobante de ingresos emitido, lo anterior de acuerdo con la regla 2.7.1.54. adicionada.

h) La regla 2.7.1.56. adicionada, señala que el traslado de hidrocarburos o petrolíferos por medios propios y distintos a ducto, sin que el traslado implique transitar por algún tramo de jurisdicción federal, deberán emitir un CFDI de tipo traslado con complemento al que deberán incorporar el complemento Hidrocarburos y Petrolíferos.

i) Los contribuyentes que presten el servicio de transporte de carga consolidada de bienes y/o mercancías, siempre que las cargas sean identificadas mediante una clave o número de identificación único y estos sean registrados en los nodos “Concepto” que sean necesarios para relacionar cada una de las cargas amparadas en el comprobante, podrán emitir por cada cliente un CFDI de tipo ingreso sin complemento Carta Porte.

Finalmente, la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo, de la RM para 2021.

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Omar Hernández
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México | + posts