Fiscal

Nuevo Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas

La Iniciativa de Reforma Fiscal para 2022 presentada por el Presidente de la República, en relación a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) pretende derogar el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) e incorporar el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, mismo que se adiciona dentro del Título IV, Capítulo II, Sección IV, que comprende los artículos 113-E al 113-J de la LISR.

De acuerdo con la exposición de motivos los regímenes actuales de tributación de las personas físicas resultan complejos en el cumplimiento de obligaciones fiscales, lo que ha ocasionado la omisión en el cumplimiento de estas por parte de los contribuyentes.

Por lo anterior, el RESICO pretende otorgar una forma sencilla, rápida y eficaz en el pago de contribuciones para todos los pagadores de impuestos con menor capacidad administrativa y de gestión.

Sujetos del RESICO

Las personas físicas que únicamente realicen las siguientes actividades podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta (ISR) en los términos del RESICO:

  • Actividades empresariales.
  • Actividades profesionales.
  • Arrendamineto.

Siempre que sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 3 millones 500 mil pesos.

Pagos mensuales del ISR

Los contribuyentes calcularán y pagarán el impuesto en forma mensual a más tardar el 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago, considerando el total de ingresos cobrados, debiendo estar amparados con los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica (CFDI), sin incluir el impuesto al valor agregado (IVA) y sin aplicar deducción alguna de acuerdo con la siguiente tabla:

 

Tabla mensual

Ingresos cobrados

Tasa aplicable

Hasta 25,000.00

1.00%

Hasta 50,000.00

1.10%

Hasta 83,333.33

1.50%

Hasta 208,333.33

2.00%

Hasta 3,500,000.00

2.50%

Como se puede observar, el nuevo régimen prevé tasas impositivas mínimas que se aplican de manera progresiva de acuerdo con los ingresos que obtenga el contribuyente.

Obligaciones del RESICO

Los contribuyentes sujetos al nuevo RESICO tendrán las siguientes obligaciones:

  1. Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y mantenerlo actualizado.
  2. Contar con firma electrónica avanzada.
  3. Activar su buzón tributario.
  4. Expedir y solicitar CFDI.
  5. Retener el ISR por salarios y enterarlo mensualmente.
  6. Presentar pagos mensuales.
  7. Presentar declaración anual.

Salida del nuevo régimen

Los contribuyentes dejarán de tributar en el RESICO cuando:

a) Los ingresos excedan de 3 millones 500 mil pesos en cualquier momento del año.

b) Incumpla con alguna de las obligaciones establecidas para este régimen.

c) Cuando la autoridad fiscal detecte que el contribuyente percibió ingresos sin emitir el CFDI correspondiente.

d) Omita presentar tres o más pagos mensuales en el año consecutivos o no. Esto no aplicará durante el ejercicio fiscal 2022, siempre que se presente la declaración anual.

e) No presentar declaración anual.

Es importante señalar que los contribuyentes que dejen de tributar conforme a este nuevo régimen, por el incumplimiento de sus obligaciones fiscales, en ningún caso podrán volver a hacerlo en los términos de este.

Tratándose de aquellos pagadores de impuestos que hayan excedido de la cantidad de 3 millones 500 mil pesos, podrán volver a tributar en el RESICO, siempre que los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior a aquel de que se trate no excedan de la cantidad citada y hayan estado al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Delito de defraudación fiscal

Se comete el delito de defraudación fiscal cuando los contribuyentes cancelen los CFDI, aun y cuando los receptores hayan dado efectos fiscales a los mismos.

Asimismo, se comete el citado delito cuando se simule una prestación de servicios profesionales independientes a que se refiere el Título IV, Capítulo II, Sección IV, de la LISR respecto de sus trabajadores.

Conclusión

Durante varias administraciones se ha escuchado el término de simplificación administrativa, regímenes van y vienen sin dar resultados concretos; se espera que el RESICO cumpla con el objetivo de simplificar las obligaciones que tienen que realizar las personas físicas, así como incorporar a la base de contribuyentes a quienes se encuentran en la informalidad.

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Omar Hernández
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México | + posts