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Consideraciones del IMCP respecto a la declaración anual de personas físicas 2021

El 2 de mayo vence el plazo para que las personas físicas cumplan con la obligación de presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal de 2021.

La presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Dra. Laura Grajeda Trejo, informó que es importante recordar que los contribuyentes deberán informar si derivado de préstamos, donativos o premios, en lo individual o en su conjunto, excedieron de $600,000 en el ejercicio; o bien, si procedente de viáticos cobrados, ventas de casa habitación y herencias o legados hayan superado los $500,000 en el año.

En conferencia de prensa dijo que se podrán aplicar deducciones personales, tales como gastos médicos, gastos funerarios, donativos, intereses por créditos hipotecarios, entre otros, lo que pudiera generar un saldo a favor del contribuyente. Cuando dicho saldo sea mayor a $150,000, o si el contribuyente va a modificar la cuenta CLABE registrada, deberá enviar la declaración usando la firma electrónica (e.firma).

Para los contribuyentes que no cuenten con ella, tendrán que asistir a la oficina desconcentrada del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para realizar el trámite correspondiente, lo que implicará conseguir una cita; sin embargo, en diversas ocasiones hemos hecho énfasis en la escasez de éstas, lo cual ha sido reportado por parte de muchos contribuyentes, provocando que éstos se vean impedidos para atender en tiempo y forma sus obligaciones fiscales.

Esta situación no sólo está generando una falta de cumplimento, sino que también origina pérdidas económicas en las empresas y graves riesgos en su operación. Sólo por citar algunos ejemplos, la e.firma es necesaria para diversos trámites como: emitir facturación, cambios de razón social, actualización de datos, cambios en el representante legal, trámites ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), avisos aduanales, permisos de importación, entre otros.

Derivado de esto, también se está provocando que, al no poder cumplir las obligaciones como es debido, la opinión de cumplimiento de estas entidades sea negativa, lo que les ocasiona diferentes afectaciones ante terceros, como el impedimento para darse de alta como proveedores, obtener contratos y líneas de crédito.

Aunado a lo anterior, y a 12 días de que venza la fecha límite, se han presentado varios problemas para las personas físicas que realizan actividades empresariales, ya que el sistema no reconoce las pérdidas de ejercicios anteriores para aplicarlas con la utilidad determinada en 2021.

CONSEJO PROFESIONAL

Nuevamente sumamos nuestra solicitud para que se homologue el plazo de la obligatoriedad de la facturación 4.0 a la misma fecha del CFDI con complemento de Carta Porte, y que el complemento sea sólo de traslado y no de legal posesión de la mercancía, ya que como hemos mencionado en mensajes anteriores, la información que al momento se incluye contiene datos sensibles que pueden atentar contra la integridad física de los contribuyentes por el clima de inseguridad que se vive en el país, señaló.

AVISOS DE LOS DICTÁMENES ANTE EL IMSS Y EL INFONAVIT

Por su parte, el Vicepresidente de Fiscal del IMCP, el C.P.C. Ramiro Ávalos Martínez, dentro del análisis que realiza denominado “termómetro fiscal”, consideró que durante abril, los patrones deberán presentar los avisos correspondientes a los dictámenes ante el IMSS e INFONAVIT, en el caso de que decidan tomar la opción o por estar obligados, al tener en promedio 300 o más trabajadores, en lo que respecta al dictamen ante el IMSS. El dictamen ante el INFONAVIT hasta el día de hoy es voluntario.

En ambos casos, las leyes de la materia señalan beneficios para los patrones que en tiempo y forma presenten los dictámenes realizados por un Contador Público autorizado. Debido a la cantidad de movimientos atípicos que el año pasado se dieron por el traspaso de trabajadores y las reestructuras corporativas, consideramos que esos dictámenes son una herramienta de control interno y regularización para los patrones.

PLAN MAESTRO 2022 DE GRANDES CONTRIBUYENTES

Recientemente el SAT presentó el Plan Maestro 2022 de Grandes Contribuyentes, el cual tiene como objetivo incrementar la recaudación de los Grandes Contribuyentes mediante la programación de nuevos actos de fiscalización y el fortalecimiento de los que están en proceso. Este sector de contribuyentes comprende un total de 11,028 y la recaudación en 2020 y 2021 fue de 1,627,756 millones de pesos y de 1,779,454 millones de pesos, respectivamente, lo cual representa un incremento de 151,698 millones de pesos equivalente a 9.3%. Además, en 2020 el número de grandes contribuyentes fiscalizados fue de 892 y en 2021 de 1,248, resultando un aumento de 356 grandes contribuyentes revisados (40%).

Uno de los temas que preocupa a los contribuyentes es el pago de sus impuestos; por lo tanto, consideramos que la Autoridad Tributaria debe incrementar las medidas, aplicativos y reglas operativas, sobre todo, en las citas para trámites presenciales, con la finalidad de que los contribuyentes cumplan, de forma puntual y disciplinada, con sus obligaciones fiscales.

PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES

En su turno, el Vicepresidente de Apoyo a Federadas del IMCP, C.P. y P.C.FI. Rolando Silva Briceño, expresó que ahora, como parte de las modificaciones relacionadas con la subcontratación laboral, la Ley Federal del Trabajo incluyó en su artículo 127 la Fracción VIII que señala que “el monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador”.

A pesar de algunas interpretaciones, la mencionada fracción representa exclusivamente un límite para el pago de este derecho, que tendría aplicación sólo en caso de que 10% de la utilidad fiscal fuera mayor a tres nóminas mensuales. Por ello, resulta complicado vincular esta limitante en el monto que un trabajador podría recibir por este concepto con un beneficio generalizado, una mayor cantidad de PTU a repartir, o un número superior de trabajadores que puedan hacer efectivo este derecho.

Claro que incrementarán, tanto los montos como los trabajadores beneficiados, pero esos incrementos se deben en su totalidad a la imposibilidad práctica relacionada con las restricciones en los esquemas de subcontratación, de poder tener empresas generadoras de riqueza sin empleados, que era la estrategia utilizada para evitar este pago y no con un abaratamiento del derecho que, además de innecesario, porque para ajustar ese monto existe una comisión, redunda en una mutilación de un procedimiento que evitaba la discrecionalidad y la especulación con un derecho laboral y que hoy podría ser factor hasta de desincentivación de incrementos de sueldo o de crecimiento de una plantilla laboral.

Además de lo anterior, es importante considerar:

  • La obligación de poner a disposición de los trabajadores la declaración anual 2021, preferentemente en los siguientes 10 días de su presentación.
  • Conformar y documentar la Comisión Mixta, que es la que, por ley, debe efectuar el proyecto de reparto.
  • Los plazos, en caso de personas físicas o la presentación anticipada de la declaración anual.
  • Observar implicaciones fiscales por la diferencia entre el porcentaje señalado y la cantidad efectivamente determinada considerando el nuevo límite.
  • Efectos de las sustituciones patronales.

ÍNDICE MEXICANO DE CONFIANZA ECONÓMICA

El Índice Mexicano de Confianza Económica (IMCE) mejoró por segunda ocasión consecutiva durante el tercer mes de 2022.

El IMCE de marzo incrementó a una tasa mensual de 1.15% elevándose de 67.62 puntos a 68.40 puntos. Esto fue generado por una mayor confianza en la situación actual, la cual creció 1.58% a 64.40 unidades, con un punto arriba en relación con febrero. En cambio, la situación futura, que representa los próximos seis meses, redujo el ritmo de avance, al crecer 0.68%, pasando de 72.90 puntos a 73.40 puntos. En relación con marzo de 2021, el IMCE subió a una tasa anual de 5.71%, registrando el menor crecimiento de los últimos trece meses. Al interior, la situación actual aumentó 2.15% y la situación futura lo hizo por 9.90%.

La situación COVID-19 se eligió el principal factor que limita el crecimiento de México, seguido por las condiciones de inseguridad en el país y la falta de capital, que desplazó a la corrupción hacia el cuarto peldaño, concluyó el Presidente de la Comisión de Análisis Económico del IMCP, Lic. Ernesto O’Farrill Santoscoy.

 

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Carlos González
Journalist Editor & Manager Seminars en Thomson Reuters | + posts