Comercio Exterior

Modificación al acuerdo sobre emisión del certificado de origen para la exportación de café

El  26 de diciembre de 2020 se publicó en el DOF el “Acuerdo que establece las mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como la emisión del certificado de origen para la exportación de café”, en su artículo Séptimo señala los requisitos que debe presentar el importador en el punto de entrada al país, respecto de aquellas mercancías que pretendan ingresar bajo las denominaciones o etiquetadas como “orgánico”, “biológico”, “ecológico” o con los prefijos “bio” y “eco”, el cual de conformidad con el artículo Cuarto Transitorio entraba a los 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del Acuerdo.

Con el fin de prevalecer las exportaciones de productos orgánicos provenientes de otros países a México, mantener el flujo comercial y fortalecer el desarrollo del sector productivo nacional, así como para otorgar las facilidades y continuidad del comercio de los productos agropecuarios orgánicos de los gobiernos que se encuentran en proceso o en trámite de acuerdos de negociación de equivalencia con el Estado mexicano, para fortalecer a los involucrados en la cadena de productos orgánicos, se modifica el artículo Cuarto Transitorio para quedar que, lo dispuesto en el artículo Séptimo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022.

 

Fuente: Checkpoint

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Karen Castillo
Foreign Trade Editor en Thomson Reuters México | + posts