Comercio Exterior

Se crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio

Con la finalidad de facilitar la coordinación entre las dependencias y las diversas entidades de la Administración Pública Federal para el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones en materia de facilitación del comercio, así como para la implementación y aplicación de las disposiciones del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, con base en la normatividad nacional e internacional aplicable, se creó el Comité Nacional de Facilitación del Comercio (Comité), tal y como lo señala el Apartado III “Economía” del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su rubro “Impulsar la reactivación económica, el mercado interno y el empleo”.

Lo anterior, por la adopción del Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC), en el cual, en su Anexo 1ª se estableció el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, mismo que entró en vigor el 22 de febrero de 2017 y fue publicado en el DOF el 6 de abril de ese año.

El comité tendrá las siguientes funciones:

  • Coordinar las diferentes dependencias de la Administración Pública Federal que tengan competencia y que intervengan en los diferentes aspectos relacionados con la implementación y aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio.
  • Coadyuvar con la Secretaría de Economía (SE) y la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), conforme a la competencia de sus integrantes, en el diseño de políticas, programas y acciones, orientados a la simplificación y automatización de los procesos en materia de comercio exterior, así como coordinar su ejecución, con un enfoque que propicie su articulación y complementariedad.
  • Proponer cuestiones relacionadas con asuntos relativos a la implementación y aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio.
  • Aprobar las normas de organización y funcionamiento del comité, su plan de trabajo anual y calendario de sesiones ordinarias.
  • Elaborar y aprobar la Agenda Nacional de Facilitación del Comercio.
  • Proponer la suscripción de acuerdos y convenios entre los representantes de los tres órdenes de gobierno y los sectores social y privado, en el ámbito de sus competencias.
  • Analizar y emitir recomendaciones para mejora de procesos y trámites para el comercio exterior, y
  • Analizar el marco normativo en materia de comercio exterior y emitir recomendaciones.

Finalmente, el mencionado acuerdo señala que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, desde el 23 de enero, y a partir de su vigencia contará con 35 días hábiles para instalar el comité.

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Karen Castillo
Foreign Trade Editor en Thomson Reuters México | + posts