Inicia examen de vigencia de cuota compensatoria a alambrón de acero
Por medio de la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de alambrón de acero originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, publicada en el DOF este 22 de julio, se da a conocer el interés de Ternium México, S.A. de C.V., ArcelorMittal México, S.A. de C.V. y Deacero, S.A.P.I. de C.V., por iniciar el procedimiento; toda vez que, el 28 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial la Resolución final que determinó imponer una cuota compensatoria definitiva de $0.49 dólares por kilogramo a las importaciones de alambrón de acero, incluidas las definitivas y temporales, incluidas las que ingresan al amparo de la Regla Octava de las complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
La Resolución establece el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de alambrón de acero, incluidas las definitivas y temporales, incluidas las que ingresan al amparo de la Regla Octava para la aplicación de la TIGIE, originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7213.10.01, 7213.20.01, 7213.91.03, 7213.99.99, 7227.10.01, 7227.20.01 y 7227.90.99 y al amparo de la Regla Octava a través de las fracciones arancelarias 9802.00.01, 9802.00.07, 9802.00.13, 9802.00.19 y 9802.00.23 de la TIGIE, o por cualquier otra; se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de julio de 2020 al 30 de junio de 2021 y como periodo de análisis del 1 de julio de 2016 al 30 de junio de 2021 y, la cuota compensatoria de $0.49 dólares continúa vigente durante el procedimiento.
Finalmente, la Resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación, siendo el 23 de julio de 2021.
Fuente: Checkpoint
