SHCP da a conocer estímulos fiscales para “El Buen Fin”

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el DOF el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos.

 

El citado decreto señala que se dará un estímulo fiscal a las entidades financieras y demás entidades que emitan tarjetas al amparo de un titular, consiste en acreditar contra el impuesto sobre la renta (ISR) propio o el retenido a terceros por este impuesto, el monto que corresponda a la entrega de premios que efectúen dichas entidades, por cuenta del gobierno federal, a las siguientes personas:

 

a) Tarjetahabientes personas físicas cuando hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o de débito en la adquisición de bienes o servicios durante el periodo del 18 al 21 de noviembre de 2022 a personas físicas o morales registradas en el portal de Internet de “El Buen Fin” para el ejercicio fiscal de 2022, y siempre que los citados tarjetahabientes hayan resultado ganadores en el Sorteo “El Buen Fin” que lleve a cabo el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

b) Personas físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o de débito durante el periodo del 18 al 21 de noviembre de 2022, cuyos ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de $5,000,000.00, siempre que se encuentren registradas en el portal de Internet de “El Buen Fin” y hayan resultado ganadoras en el Sorteo “El Buen Fin” que lleve a cabo el SAT.

 

El monto del estímulo fiscal corresponderá a aquellas cantidades que las entidades financieras y demás entidades, efectivamente entreguen a los tarjetahabientes ganadores o, en su caso, a las personas físicas o morales ganadoras.

 

Para acceder a los beneficios del estímulo fiscal, las entidades financieras y demás entidades, deberán apegarse a las bases y condiciones de participación que establezca el SAT para el Sorteo “El Buen Fin”.

 

Dichas entidades podrán acreditar el estímulo fiscal otorgado contra los pagos provisionales, definitivos y anuales del ISR propio o el retenido a terceros por este impuesto, hasta agotarlo, a partir del mes siguiente a aquel en que realicen la entrega de los premios a cada ganador, siempre y cuando hayan entregado al SAT la información que dicho órgano administrativo desconcentrado determine mediante reglas de carácter general.

 

Es importante señalar que el monto de los impuestos estatales que se genere por la obtención de los premios del sorteo será cubierto por la federación a la entidad federativa en donde se entregue el premio.

 

El estímulo fiscal y el monto de los premios derivado del Sorteo “El Buen Fin” que se entreguen a los ganadores, no se considerarán ingresos acumulables para los efectos del ISR.

 

Finalmente, el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF – 22 de octubre de 2022 – y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2023.

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Augusto Gracida
Senior Tax Editor en Thomson Reuters México | + posts