Aprueban dictámenes de la Miscelánea Fiscal 2022
La Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión aprobó por 24 votos a favor y 16 en contra, el dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos, con algunas modificaciones, derivadas de los planteamientos formulados en el ejercicio del Parlamento Abierto celebrado el pasado 11 de octubre y del trabajo técnico de la comisión.
Se aprobaron cambios respecto al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), al considerarse necesario otorgar un beneficio para aquellas personas físicas de menores ingresos que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras que tributen en el nuevo régimen aprobado, siempre que el monto de sus ingresos en el ejercicio fiscal de que se trate no exceda de 300 mil pesos.
El dictamen plantea incluir una cláusula habilitante a efecto de precisar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emita reglas de carácter general, relativas a la forma y los medios para realizar la cancelación de comprobantes globales.
Se mantiene la excepción de la aplicación del límite global de deducción a las aportaciones complementarias realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones de retiro, a las cuentas de planes personales de retiro o a las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta.
Se precisa que los montos máximos de ingresos para acceder en el próximo ejercicio fiscal 2022 al RESICO para personas físicas y morales serán los ingresos facturados.
Las personas físicas que opten por permanecer en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) hasta agotar los diez años con reducción del impuesto o aplicar los estímulos previstos en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), deberán presentar aviso ante el SAT a más tardar el 31 de enero de 2022. De no hacerlo, la autoridad podrá actualizar la información correspondiente en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) colocando a dicho contribuyente en el RESICO.
La inscripción en el RFC de personas físicas mayores de 18 años sin actividades económicas se realizará bajo el rubro: “Inscripción de personas físicas sin actividad económica”, la cual no dará lugar a obligaciones fiscales como la declaración o pago de impuestos y la aplicación de sanciones.
Los contribuyentes quedarán obligados a dictaminar sus estados financieros cuando tengan ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta (ISR) iguales o superiores a $1,650,490,600.00.
En cuanto a la Ley Federal de Derechos (LFD), se propuso reformar el artículo 20 de la fracción I a V, en relación al pago de derechos por concepto de la emisión de pasaportes a efecto de aumentar del 15 al 30 el porcentaje de los recursos con los que actualmente cuenta la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) por la expedición de estos.
La modificación realizada a la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el Ejercicio Fiscal 2022 versa en cuanto a incluir un artículo transitorio, referente a la legalización de autos usados de procedencia extranjera a fin de señalar que los recursos serán destinados por la Secretaría de Hacienda para acciones de pavimentación en los municipios que correspondan.
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Fuente: Cámara de Diputados, comunicación social
