Análisis y opinión

Las aulas, fuente y objeto de la evolución del libro Efectos fiscales de los contratos

“La materia fiscal nunca define un contrato; los contratos civiles y mercantiles, como cualquier acto jurídico, se deben analizar a la luz de la legislación que los rige para entender sus consecuencias en el mundo fiscal. Muchas personas pasan por alto, equivocadamente, esta premisa fundamental. La obra Efectos fiscales de los contratos constituye una herramienta que concentra, en un solo texto, las características civiles y mercantiles de los contratos, así como sus consecuencias fiscales”

Thomson Reuters (TR): Para todos los lectores de PUNTOS FINOS, ¿nos podría contar brevemente de su experiencia académica y profesional?

             José de Jesús Gómez Cotero (JJGC): Soy abogado egresado de la Escuela Libre de Derecho, tengo un doctorado por la Universidad Panamericana y un segundo doctorado por la Universidad del País Vasco; me dedico al ejercicio profesional en el área del Derecho Fiscal como litigante y consultor. Hace 36 años inicié mi actividad como profesor en el ITAM, y seis años después fui invitado a dar clases en el área de Extensión Universitaria del ITAM; también soy profesor fundador de las maestrías de Derecho Tributario en la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez y en la Universidad Panamericana, participando en sus tres campus: Ciudad de México, Guadalajara y Aguascalientes.

 TR: Respecto de su magna obra Efectos fiscales de los contratos, ¿qué lo llevó a escribirla?, ¿cuál fue el problema que detectó y que este libro apunta a resolver?

             JJGC: Al incorporarme a la Extensión Universitaria del ITAM, se me asignó la materia Efectos fiscales de los contratos del diplomado de Derecho Tributario, lo que representaba todo un reto, ya que para preparar el curso era necesario analizar, en primer lugar, las características de los contratos civiles y mercantiles, para lo cual era ineludible acudir a su regulación en la legislación civil y mercantil, bajo la premisa de que los actos jurídicos se deben examinar a la luz de la legislación que los rige; y una vez entendidas las características de los contratos, el segundo paso era comprender sus consecuencias en el mundo fiscal, lo que implicaba estudiar sus efectos en las principales leyes tributarias de nuestro país (el impuesto sobre la renta[1] y el impuesto al valor agregado[2]).

             Es muy importante precisar que la materia fiscal nunca define lo que es un contrato, pues, como se ha señalado, esto se hace en la ley que lo rige; asimismo, que el ámbito fiscal únicamente determina sus consecuencias en su campo, precisión que resulta fundamental, en tanto que muchas personas equivocadamente pasan por alto esta premisa.

             Dado que el objetivo de la obra es analizar los efectos fiscales de los contratos, la estructura del libro fue hecha a partir de los efectos regulados en las leyes fiscales, las cuales están redactadas bajo tipos tributarios genéricos que tienen el fin de atrapar la mayor cantidad de actos jurídicos posibles. En ese sentido, los efectos fiscales de los contratos se clasifican en actos cuyos efectos son de enajenación, prestación de servicios o de uso o goce temporal de bienes; y solo cuando el tipo genérico no comprenda algún contrato en particular, se requiere establecer en la ley un tipo específico para regularlo.

             A partir de la preparación de mis clases y a lo largo de cinco años de impartirlas, nace el libro Efectos fiscales de los contratos, con el que se buscaba generar una herramienta para mis alumnos, que en un solo texto concentrara las características civiles y mercantiles de los contratos, así como sus consecuencias fiscales. Siendo importante advertir que la obra no pretende ser un tratado, ya que su alcance es más modesto, pues busca dar una respuesta rápida a una problemática cotidiana y que, en muchos casos, es necesario profundizar en los temas, para lo cual se incluye una bibliografía básica que permite a los interesados tener un punto de partida para ahondar en cada una de las cuestiones que así lo requieran.

 TR: Su obra ya ha tenido varias ediciones, ¿cómo considera usted que ha evolucionado el tema desde la primera hasta la décima tercera edición?

             JJGC: Desde el nacimiento de la obra, hace 25 años, su evolución se ha visto influenciada fundamentalmente por dos factores:

             En primer lugar, las distintas Reformas Legislativas, tanto en materia fiscal, como en otros ámbitos, en las que se han regulado temas vinculados con el libro, por ejemplo, las operaciones comerciales por Internet y la economía digital, así como las formas de contratación en estas nuevas áreas, lo que ha generado la necesidad de ir adecuando el texto para analizar estas recientes maneras de contratación y sus implicaciones fiscales.

             El segundo factor, son las distintas preguntas que, durante la clase, formulan los alumnos inquietos que obligan a estudiar algún tema para poder darles respuesta a sus cuestionamientos y cuando el resultado del análisis se considera relevante, el mismo se ha incorporado al libro, apoyando así su evolución.

TR: Hablando de México y sus grandes temas fiscales, ¿cuáles son los puntos de atención que debieran trabajarse de cara al 2024?

JJGC: El tema más importante es recuperar el Estado de Derecho, ya que, en aras de la recaudación fiscal, se ha estado abusando de diversas figuras, algunas de las cuales no son conceptos jurídicos, sino económicos, que requieren un análisis más profundo con una visión más amplia.

             También debe generarse una cultura crítica de las jurisprudencias de los tribunales, particularmente las que se refieren a aspectos fiscales, las cuales, en algunos casos, poco profundizan en los temas que analizan, entremezclando o confundiendo figuras jurídicas que poseen objetivos muy distintos y que nada tienen que ver unos con otros, con la problemática de que, al ser criterios obligatorios, se convierten en caballitos de batalla, cuyo contenido ya no es cuestionado, aun cuando contengan postulados equivocados. De ahí que su crítica sea fundamental para que se hagan nuevas reflexiones sobre sus contenidos y se corrijan aquellas que son erróneas.

  TR: En su experiencia como académico, ¿cómo evalúa la situación del Derecho y del abogado hoy día?

             JJGC: Muchas de las instituciones jurídicas han evolucionado y generado cambios radicales en los últimos 20 años, ello como consecuencia de factores como la globalización, la que ha originado la interdependencia e integración de los procesos económicos a nivel mundial, propiciando la apertura y desregulación comercial y financiera, así como el desarrollo de las tecnologías y su influencia en la política, la economía, la vida social y cultural.

             También hay una integración más estrecha de los países y los pueblos del mundo, así como la creación de nuevas instituciones, lo que hace que, hoy día, la humanidad enfrente una evolución muy dinámica y vertiginosa que genera grandes cambios en muchas de las instituciones jurídicas, que necesitan adaptarse a las nuevas realidades, ejemplo de ello son: La inteligencia artificial y los nómadas digitales, temas que sin duda impactarán en las instituciones jurídicas actuales, las que desgraciadamente reaccionan con retraso para establecer reglas que se adapten a estas presentes circunstancias. 

             Ante ello, se requieren abogados con una formación no solo jurídica, sino más amplia, que les permita entender, entre otros, temas informáticos y económicos para hacer frente a estas nuevas necesidades.

TR: Como mensaje final, ¿qué les diría a los lectores de PUNTOS FINOS?

             JJGC: Mi relación con Thomson Reuters es de larga data y me ha tocado vivir de muy cerca muchas de las etapas de su vida editorial, entre ellas, el nacimiento y desarrollo de la revista Puntos Finos, la que ha logrado posicionarse como la mejor y la más seria revista de difusión de temas fiscales de actualidad, en la que no solo he tenido el gusto de participar como autor, sino que además he recibido su apoyo para publicar algunos artículos de mis alumnos de maestría, con lo cual ha abierto la puerta a novedosas plumas, que seguramente serán sus autores del futuro; creándose así una dinámica de respaldo para las nuevas generaciones que con renovados bríos permitirá que PUNTOS FINOS siga en evolución constante y en el gusto de sus lectores.

*Artículo publicado en la Sección “Palabra de Autor” de la revista Puntos Finos, No. 338, septiembre 2023.

[1] ISR

[2] IVA

 

 

Valora este contenido

¡Lamentamos que este contenido no te haya sido útil!

¿Cómo podemos mejorarlo?

Thomson Reuters México
+ posts