Los requisitos de la contabilidad y sus repercusiones fiscales con los actuales medios de recaudación
“La contabilidad desempeña un papel crucial en la administración empresarial sin importar la escala del negocio de que se trate, puesto que su principal función es proporcionar la información para la toma de decisiones por parte de la administración. Además de los participantes en el órgano supremo de los negocios, otros usuarios interesados en esta información son las autoridades fiscales que, en caso de una revisión, hacen uso de los datos brindados por el contribuyente y de la información contenida en los CFDI para determinar supuestos ingresos acumulables y negar deducciones autorizadas con motivo de la correlación o la falta de esta entre los registros contables y la demás información que forma parte de la contabilidad.”
Autores: Dr. Alfredo A. Castilleja Quiles, Socio Director de C&C ASESORES y Lic. Luis Ricardo García de Alba Flores, Socio de Impuestos de C&C ASESORES
LA CONTABILIDAD
Durante el transcurso de vida de las entidades económicas, van evolucionando las necesidades de la información financiera y el proyecto original de las compañías en cuanto a sus registros contables se ve modificado por diversas situaciones que van desde el criterio profesional de los responsables de los registros (que pueden ser de extremo detalle o con la simplificación necesaria para cumplir con necesidades básicas) hasta necesidades específicas; por ejemplo, para el seguimiento puntual de materiales de uso restringido o aquellos importados mediante un programa de importación temporal.
Por otro lado, se cuenta con facilidades y limitaciones derivadas de los sistemas contables y administrativos disponibles, ya que algunos ofrecen una amplia gama de campos para la captura de información que permite detallar analíticamente cada operación registrada. Sin embargo, en el ámbito profesional también existen sistemas administrativos robustos en algunas funciones de control, pero que, al mismo tiempo, se encuentran limitados para cubrir necesidades que cada vez toman mayor relevancia en la práctica contable para atender las necesidades de otros usuarios de la información financiera, como lo son las autoridades fiscales y sus actuales medios para la fiscalización.
En cuanto a la normatividad contable, la Norma de Información Financiera (NIF) A-3 “Necesidades de los usuarios u objetivos de los estados financieros”, emitida por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (Cinif), misma que tiene como finalidad identificar las necesidades de los usuarios y establecer, con base en dichas necesidades, los objetivos de los estados financieros de las entidades; así como las características y limitaciones de los estados financieros.
Considerando las necesidades comunes del usuario general, los estados financieros deben ser útiles para (i) tomar decisiones de inversión o asignación de recursos a las entidades; (ii) tomar decisiones de otorgar crédito por parte de los proveedores y acreedores que esperan una retribución justa por la asignación de recursos o créditos; (iii) evaluar la capacidad de la entidad para generar recursos o ingresos por sus actividades operativas; (iv) distinguir el origen y las características de los recursos financieros de la entidad; (v) formarse un juicio de cómo se ha manejado la entidad.
¿REQUISITOS FISCALES DENTRO DE LA CONTABILIDAD?
En materia fiscal, el artículo 33 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF) establece, en su inciso B., los requisitos de los registros contables; para los efectos de esta colaboración, nos enfocaremos en los siguientes:
Artículo 33. …
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B. Los registros o asientos contables deberán:
I. Ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad;
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X. Identificar los bienes distinguiendo, entre los adquiridos o producidos, los correspondientes a materias primas y productos terminados o semiterminados, los enajenados, así como los destinados a donación o, en su caso, destrucción;
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XII. Establecer por centro de costos, identificando las operaciones, actos o actividades de cada sucursal o establecimiento, incluyendo aquéllos que se localicen en el extranjero;
XIII. Señalar la fecha de realización de la operación, acto o actividad, su descripción o concepto, la cantidad o unidad de medida en su caso, la forma de pago de la operación, acto o actividad, especificando si fue de contado, a crédito, a plazos o en parcialidades, y el medio de pago o de extinción de dicha obligación, según corresponda.
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XIV. Permitir la identificación de los depósitos y retiros en las cuentas bancarias abiertas a nombre del contribuyente y conciliarse contra las operaciones realizadas y su documentación soporte, como son los estados de cuenta emitidos por las entidades financieras;
XV. Los registros de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y terminados, en los que se llevará el control sobre los mismos, que permitan identificar cada unidad, tipo de mercancía o producto en proceso y fecha de adquisición o enajenación según se trate, así como el aumento o la disminución en dichos inventarios y las existencias al inicio y al final de cada mes y al cierre del ejercicio fiscal, precisando su fecha de entrega o recepción, así como si se trata de una devolución, donación o destrucción, cuando se den estos supuestos.
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LOS MEDIOS DE RECAUDACIÓN ACTUALES
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha modificado sustancialmente su actuación dentro del marco de la normatividad fiscal, enfocándose en el uso de las nuevas tecnologías con la intención de incrementar la recaudación sin la necesidad de una nueva reforma fiscal, como lo ha señalado en semanas anteriores la Presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo.
Cada vez son más comunes los comunicados vía correo electrónico que señalan diferencias entre los impuestos retenidos pagados versus las cantidades asentadas en Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Facturas Electrónicas (CFDI), invitaciones presenciales en las que la autoridad manifiesta una serie de inconsistencias en ingresos, deducciones autorizadas y, no menos importante, la autoridad en las revisiones de gabinete realiza observaciones generales como “el contribuyente no ha aportado información y documentación que demuestre que los ingresos manifestados corresponden a registros de su contabilidad”, “la información y documentos del contribuyente puede constreñir omisiones o irregularidades”, “la contabilidad proporcionada por el contribuyente no se encuentra debidamente detallada para permitir la identificación de las operaciones”, “no se localizaron los comprobantes fiscales asociados a los registros contables”, “los siguientes CFDI no se encuentran asociados a los registros contables”, entre otros, que le permiten imponer créditos fiscales a los contribuyentes y que en la mayoría de los casos pueden prevenirse con el debido cumplimiento de los requisitos fiscales de los registros contables. Si bien es cierto que la dinámica de las revisiones y procedimientos por parte del SAT se ha modificado, también debe tenerse en cuenta que las bases sobre las que se sustentan las irregularidades detectadas pueden desvirtuarse durante las diversas etapas de los medios de defensa que tienen los contribuyentes; sin embargo, todo dependerá de la calidad y detalle de la información.
Al respecto, la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) emitió la jurisprudencia VIII-J-1aS-115 con rubro COMPROBANTES FISCALES. LOS REGISTROS CONTABLES DEBEN ESTAR APOYADOS CON LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE, POR LO QUE SI ÚNICAMENTE OBRAN AQUELLOS, LA AUTORIDAD FISCALIZADORA ESTÁ EN POSIBILIDADES DE DETERMINAR LA FALTA DE MATERIALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DESCRITAS EN ELLOS, la cual se acordó en la sesión ordinaria del 29 de junio de 2021 y se publicó en la revista del tribunal, correspondiente a julio de 2021.
En nuestra opinión, la emisión de esta jurisprudencia favorece a que las autoridades fiscales puedan determinar inconsistencias a los contribuyentes, partiendo de la revisión parcial de la información contenida en sus bases de datos y aquella proporcionada por los contribuyentes; por ejemplo, se ha observado que algunas dependencias de fiscalización indican supuestas irregularidades en el cálculo de las deducciones autorizadas de los contribuyentes, apoyándose en el argumento de que durante la revisión a los comprobantes fiscales de ingresos recibidos por el contribuyente no fue posible asociar los registros contables correspondientes y como resultado, disminuyen las deducciones autorizadas del sujeto en revisión, determinando así un crédito fiscal basado en una revisión que obliga al contribuyente a proporcionar detalladamente todos los elementos de su contabilidad que sustentan la asociación respectiva a cada operación.
Dicha situación puede requerir de una inversión significativa de recursos económicos y administrativos para desvirtuar las irregularidades cuando su contabilidad se registró con limitaciones o sin el detalle establecido en el Código Fiscal de la Federación.
CONCLUSIONES
Las irregularidades, limitaciones y la falta en el cumplimiento de los requisitos establecidos para los registros de la contabilidad, así como sus diferencias entre las cantidades determinadas conforme a los CFDI que emite o recibe el contribuyente, actualmente han sido la base de cuestionamientos por parte de las autoridades fiscales en los medios que utiliza para la fiscalización, situación que puede generar afectaciones económicas importantes y la necesidad de replantear la forma en que se realiza la contabilidad, con la finalidad de prevenir riesgos ante las autoridades fiscales que tienen metas de recaudación cada vez más altas sobre la misma base de contribuyentes.
Las entidades económicas cada vez requieren de personal mejor capacitado y de mejoras en sus sistemas de comunicación debido a que la contabilidad se genera desde todas las áreas operativas, es decir, no es suficiente contar con personal experto en las áreas de contabilidad e impuestos, puesto que la contabilidad se origina en el día a día de las áreas de compras, cuentas por cobrar, cuentas por pagar, entre otras, por lo que es necesario mantener una comunicación eficiente respecto de las necesidades de la información contable y sus afectaciones.
*Artículo publicado en la Sección “ANÁLISIS Y OPINIÓN” de la revista Puntos Finos, No. 351, octubre 2024.


















































































































